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La SCJN ratifica facultad de la UIF para mantener cuentas bloqueadas

La Suprema Corte determinó que los jueces no tienen facultades para suspender el bloqueo de cuentas ordenado por la Unidad de Inteligencia Financiera.

Redacción Latitud
Foto: regeneracion.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución definitiva que establece la imposibilidad de los jueces federales para otorgar suspensiones contra el bloqueo de cuentas bancarias ordenado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Esta determinación jurídica refuerza las facultades de la autoridad hacendaria en el marco de las investigaciones sobre operaciones con recursos de procedencia ilícita y el combate al lavado de dinero en el sistema financiero mexicano.

El fallo del máximo tribunal subraya que las medidas cautelares dictadas por la UIF gozan de una presunción de legalidad necesaria para proteger el orden público y la estabilidad de las finanzas nacionales. Según el criterio establecido por los ministros, el interés social prevalece sobre el interés particular cuando se trata de prevenir delitos financieros, por lo que el Poder Judicial no debe interferir de manera cautelar en estas acciones administrativas.

Con esta resolución, el procedimiento administrativo que permite congelar cuentas bajo sospecha queda blindado ante los recursos de amparo que anteriormente buscaban desbloquear los fondos de manera inmediata. Los jueces de distrito deberán ahora sujetarse a este criterio, lo que implica que los afectados deberán agotar el procedimiento administrativo ante las autoridades correspondientes antes de buscar cualquier otro recurso legal por la vía judicial.

Especialistas en derecho financiero han señalado que esta medida dota de mayor certidumbre a las operaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). La decisión busca evitar que se utilicen mecanismos legales para liberar activos que son objeto de investigaciones profundas, garantizando así que los recursos señalados permanezcan bajo resguardo mientras se desahogan las diligencias ministeriales o administrativas pertinentes.

La postura de la SCJN responde a la necesidad de fortalecer la cooperación internacional y los estándares nacionales contra el financiamiento de actividades ilícitas. Esta jurisprudencia marca un precedente relevante para la actuación de los juzgadores federales en todo el país, quienes deberán ajustar sus resoluciones a este nuevo lineamiento que limita la intervención judicial directa en las decisiones de la UIF.

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